martes, 8 de febrero de 2011

DEBATE JURÍDICO SOBRE PROYECTO DE CESACIÓN DE MANDATO

Un debate jurídico se armó en torno al proyecto de Ley de Cesación de Mandato de Autoridades Departamentales, presentado ante la Asamblea Legislativa beniana.

El coordinador en el Beni del Ministerio de Autonomía, Ignacio Franco, del Movimiento al Socialismo (MAS), afirmó que la propuesta es “inconstitucional e ilegal”.

“La Constitución Política del Estado (CPE) otorga a la autonomía departamental 36 competencias. Estás competencias son desarrolladas en buena parte en la Ley Marco (de Autonomías) y ninguna de ellas está referida a que la Asamblea Legislativa Departamental pueda legislar sobre este tema”, sostuvo.

Por otro lado, dentro de la CPE existe un orden de prelación y un orden de jerarquía constitucional, lo que significa que la CPE está por encima de las leyes; las leyes nacionales por encima de las leyes departamentales.

“De acuerdo a esto, la Constitución indica que cuando aparece una competencia que no está legislada ni otorgada a ninguna de las autonomías departamentales, municipales o indígenas esto es, necesariamente, una competencia nacional, por eso esta propuesta es inconstitucional”, añadió el funcionario.

Desde el otro lado, el responsable de la Secretaría de Autonomía de la Gobernación, Mauricio Paz, de la agrupación ciudadana Primero el Beni, aseguró que los argumentos de Franco no son válidos.

“Esto está por encima de la competencia. Es una potestad de la autonomía establecida en el artículo 272”, afirmó.

“Las autonomías tienen entre otras potestades definir sobre la elección de sus ciudadanos, de sus autoridades electas y si tienen la decisión de elegir a sus autoridades electas tienen la potestad de generar, en el marco de la CPE, la circunstancias de suspensión de esas autoridades”, explicó.

Este principio está amparado por el artículo 28 de la CPE referido a los derechos políticos, que su vez habla de que las autoridades electas serán suspendidas con sentencia ejecutoriada en su contra o cuando haya pliego de cargo ejecutoriado en su contra.

“En ese sentido, lo que hace este proyecto es aplicar la Constitución”, enfatizó el funcionario de la Gobernación.

En cuanto a la interpretación de la jerarquía constitucional, Paz aseguró que el artículo 410 de la CPE establece que la ley nacional está en el mismo nivel de jerarquía de la ley departamental.

“Es decir, que está ley departamental no se subordina, de manera alguna, a la Ley Marco de Autonomía, más por el contrario la Ley Marco de Autonomía se sale de lo establecido en el artículo 271”, aseveró.

Este artículo, según Paz, establece que la Ley Marco de Autonomía es específicamente para establecer los estatutos autonómicos, carta orgánica, relaciones con el Estado, pero no así establecer ningún tipo de funciones.

Según Franco, los asambleístas que aprueben la norma “estarían expuestos a ser procesados” mediante el artículo 153 de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz por emitir resoluciones contrarias a la Constitución y la ley.

“Va flagrantemente contra la propia Constitución, la Ley Marco y la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz”, aseguró. Franco.

Al respecto, Paz dijo que las autoridades designadas deberían dejar de amenazar con cárcel a las autoridades elegidas.

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